Estatutos

Anagrama de la Asociación Española de Factoring
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Estatutos - Título III

Modificación de los estatutos, disolución

Capítulo I.- Modificación de los Estatutos.

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Artículo 35.- Causas de modificación.

Estos Estatutos no podrán ser modificados más que por la Asamblea General, bien a propuesta de la Junta Directiva o de asociados de pleno derecho de la Asociación que representen, al menos, un tercio de los mismos, siendo en este último caso preceptivo, aunque no vinculante, el informe de la Junta Directiva.

Artículo 36.- Propuesta de modificaciones.

El Presidente de la Asociación, con al menos 20 días de anticipación a la celebración de la Asamblea en que se conozca la propuesta de modificación, dará a conocer las alteraciones que pretende para que todos los asociados las conozcan y puedan determinar lo que proceda.

Los asociados propondrán las modificaciones que estimen pertinentes, que serán dadas a conocer a la Junta Directiva con seis días, al menos, de antelación a la celebración de la Asamblea General que haya de decidir sobre lo propuesto.

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